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9- |
Declaración de antecedentes
personales (de acuerdo a formulario que provee esta oficina
de acuerdo a modelo del Departamento de Migración) |
En caso de esposa o hijos dependientes,
deberá aportarse constancia de parentesco, mediante certificado de
matrimonio o certificado de nacimiento y carta de responsabilidad
del interesado principal hacia cada uno de sus dependientes
En caso de hijos dependientes, cuando
el solicitante sea hijo del residente y haya cumplido la mayoría de
edad, deberá acreditar lo siguiente:
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A- |
Si tiene menos de veintiseis
(26) años de edad, deberá aportar certificación de estudios,
que acredite la condición de estudiante universitario del
interesado. |
|
B- |
Si tiene más de veintiseis (26)
años de edad, deberá aportar referencia bancaria a nombre
del interesado. |
NOTA
Todos los documentos que sean expedidos
en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados, ya
sea por la "Apostilla" expedida por el país de origen o por la
Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
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DIFERENTES TIPOS DE VISAS EN PANAMÁ
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A |
VISA DE VISITANTE TEMPORAL EN PANAMÁ
Estas visas son apropiadas para
aquellas personas que desean ingresar a la República de Panamá de
manera temporal, mientras realicen las actividades que causaron el
ingreso o la visita a la República de Panamá.
La visa de visitante temporal puede
amparar o extenderse a los dependientes, en cuyo caso se expedirá
una visa en calidad de dependiente, la cual tendrá la misma vigencia
que la del beneficiario principal.
Las visas de visitante temporal o visas
temporales, son otorgadas por un período de un (1) año prorrogable
por un plazo de cinco (5) a diez (10) años, sujeto a la clase o
naturaleza de la visa temporal solicitada.
Una vez vencida la visa de visitante
temporal, el beneficiario podrá abandonar el territorio de la República de Panamá o bien solicitar un cambio de su situación
migratoria. |
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A1 |
VISA DE VISITANTE
TEMPORAL para quienes
visitan familiares en Panamá
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Como requisito adicional, es necesario
presentar alguna constancia del parentesco, como por ejemplo,
certificado de nacimiento o certificado de matrimonio, carta de
responsabilidad del familiar residente y prueba de solvencia
económica del familiar residente, ya sea mediante declaración de
rentas, con sus respectivos recibos de pago, carta de trabajo, con
la última ficha de la Caja de Seguro Social o el último talonario
del cheque de pago, para los empleados públicos o carta de
referencia bancaria, solamente si se posee cuenta a plazo fijo por
un período no menor de un año, por la suma mínima de USD100,000.00 o
certificado de jubilación de la persona responsable y fotocopia del
carnet de migración vigente o de la cédula de identidad personal
vigente del familiar residente, autenticada por el Registro Civil.
Esta visa se expide por un período de
nueve (9) meses improrrogables y toda la documentación que se
requiere debe estar completa al momento de su presentación en la
Sección de Visa 1. Además, esta categoría de visa debe ser
solicitada inmediatamente vencido el período de tres (3) meses que
ha tenido el interesado para permanecer en el país en calidad de
turista. |
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A2 |
VISA DE VISITANTE TEMPORAL
para estudiantes
Como requisito adicional, se necesita
la presentación de certificación de estudios de una institución
educativa, donde se acredite que el interesado es estudiante regular
del plantel y que el curso tiene una duración mínima de un año,
recibo de matrícula del plantel educativo y, en caso de presentar
fotocopia, la misma deberá estar autenticada por la institución,
carta de responsabilidad del residente, prueba de solvencia
económica del residente, mediante la presentación de Declaración de
Rentas, con sus respectivos recibos de pago, carta de trabajo, con
la última ficha de la Caja de Seguro Social o el último talonario
del cheque de pago, para los empleados públicos, carta de referencia
bancaria, solamente si se posee cuenta a plazo fijo por un período
no menor de un año, por la suma mínima de USD100,000.00, certificado
de jubilación de la persona responsable, fotocopia del carnet de
residente, vigente o fotocopia de la cédula de identidad personal
vigente del residente, autenticada por el Registro Civil.
Si el interesado es menor de edad debe
presentar, además, un certificado de nacimiento. Si los padres del
menor no residen en Panamá, la persona responsable deberá presentar autorización de los padres ante Notario P�blico, debidamente
autenticada, ya sea por "Apostilla" expedida en el país de origen o
por la Embajada o Consulado de Panamá en el país que lo expidió. |
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A3 |
VISA DE VISITANTE TEMPORAL
en calidad de empleado de empresa bajo contrato
gubernamental
Esta visa requiere además la
presentación de los siguientes documentos: Resolución expedida por
el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, donde autorice al
interesado para laborar en el territorio nacional como empleado de
una Empresa bajo contrato con el Gobierno o certificación expedida
por el Ministerio de Trabajo donde indique que dicho permiso está en trámite o copia simple del poder y la solicitud dirigida a ese
Ministerio, quedando pendiente la presentación del respectivo
permiso de trabajo una vez sea aprobado, Carta de Trabajo en papel
membrete de la empresa o Contrato de Trabajo con sello de la
empresa, refrendado por el Ministerio de Trabajo, fotocopia de la
Licencia Comercial de la empresa y fotocopia simple del contrato
celebrado entre esa empresa y el Gobierno. |
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A4 |
VISA DE VISITANTE TEMPORAL
en calidad de Técnico
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|
Para aplicar para esta visa se necesita
presentar, además, Resolución expedida por el Ministerio de Trabajo
y Desarrollo Laboral donde autorice al interesado para laborar en el
territorio nacional como técnico o experto y, en caso de no tenerlo
a la fecha de presentación de la solicitud de visa, certificación
expedida por ese Ministerio donde indique que dicho permiso está en trámite o copia simple del poder y solicitud mediante abogado
dirigido a ese Ministerio, quedando pendiente la presentación del
respectivo permiso de trabajo una vez sea aprobado, para que la
solicitud de visa continúe su trámite, Carta de Trabajo en papel
membrete de la empresa o contrato de Trabajo en papel simple con
sello de la empresa o contrato de trabajo en papel simple refrendado
por el Ministerio de Trabajo o contrato de trabajo en papel simple
con fotocopia de la Licencia Comercial de la empresa.
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A5 |
VISA DE VISITANTE TEMPORAL
en calidad de Ejecutivo de la Zona Libre de Colón
Para aplicar a esta visa también se
requiere la Resolución expedida por el Ministerio de Trabajo y
Desarrollo Laboral, donde autorice al interesado para laborar en el
territorio nacional como Ejecutivo de la Zona Libre de Colón y, en
caso de no tenerlo a la fecha de presentación de la solicitud de
visa, puede presentar certificación expedida por ese Ministerio
donde indique que dicho permiso está trámite o copia simple del
poder y solicitud mediante abogado dirigido al Ministerio de
Trabajo, con la posterior obligación de presentar el respectivo
permiso de trabajo una vez sea aprobado, Carta de Trabajo en papel
membrete de la empresa o Contrato de Trabajo en papel simple con
sello de la empresa, o Contrato de Trabajo en papel simple
refrendado por el Ministerio de Trabajo, o Contrato de Trabajo en
papel simple con fotocopia de la Licencia Comercial, Certificación
de la Zona Libre de Colón, donde se haga constar la participación
del interesado en la compañía establecida en dicha zona y
solicitando la visa. |
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A6 |
VISA DE VISITANTE TEMPORAL
especial
Los requisitos adicionales para esta
visa son: |
| |
|
1- |
Carta de trabajo expedida por
la Casa Matriz de la Compañía que lo contrata, donde
acredite que el interesado es funcionario ejecutivo y que
devenga un salario superior a los mil dólares americanos
(USD 1,000.00) y que el mismo no proviene de fuente
panameña, además que se compromete a repatriarlo, una vez
deje de estar a sus servicios. |
| |
|
2- |
Certificación de existencia de
la empresa en el país de origen, equivalente al Certificado
de Personería Jurídica que expide el Registro Público en
Panamá. (En caso de que la empresa extranjera se encuentre
inscrita en el Registro Público, deberá presentarse la
respectiva certificación). |
| |
|
3- |
Referencia bancaria expedida
por un banco local, a favor de la empresa. (Si la empresa no
está constituida en Panamá y no tiene referencia bancaria,
deberá presentarse la referencia bancaria del interesado). |
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4- |
Declaración ante el
Administrador Regional de Ingresos del Ministerio de
Economía y Finanzas. |
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A7 |
OTRAS VISAS DE VISITANTE
TEMPORAL en Panamá
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|
Los requisitos adicionales para esta
visa son: |
| |
|
1- |
Visa de Visitante Temporal en
calidad de misionero |
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|
2- |
Visa de Visitante Temporal en
calidad de religioso |
| |
|
3- |
Visa de Visitante Temporal en
calidad de corresponsal de prensa extranjera |
| |
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4- |
Visa de Visitante Temporal en
calidad de "bajo tratamiento médico" |
| |
Todas estas Visas de Visitante
Temporal requieren, además, el cumplimiento de todos los
requisitos específicos de cada una. |
|
B |
VISAS PARA INMIGRANTES EN Panamá
|
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B1 |
VISA DE INMIGRANTE en calidad de Inversionista
Forestal
(ley 24 del 23 de
noviembre de 1992)
Además de los requisitos generales, se
requiere: |
| |
|
1- |
Certificado de Personería
Jurídica expedido por el Registro Público, que acredite la
Razón Social de la empresa reforestadora, sus directores,
dignatarios y el capital de la misma. |
| |
|
2- |
Certificación de un Contador
Público Autorizado donde indique el monto invertido por el
solicitante en la empresa reforestadora, la cantidad de
acciones que posee de la misma y si éstas están liberadas y
pagadas. |
| |
|
3- |
Certificación del secretario de
la sociedad donde indique el monto invertido por el
solicitante (debe ser mínimo USD 40,000.00), la cantidad de
acciones que posee y si las mismas están liberadas y
pagadas. |
| |
|
4- |
Prueba de la inversión, la cual
podrá acreditarse mediante la presentación de cualesquiera
de los siguientes documentos:- Contrato de compra y venta de
bienes muebles e inmuebles, debidamente registrado en la
entidad correspondiente (Registro Público o Municipio). |
| |
|
|
4A- |
Facturas comerciales,
acompañadas de inventario detallado realizado por el C.P.A.
de la empresa. |
| |
|
|
4B- |
Liquidaciones de aduanas |
| |
|
|
4C- |
Declaración de actividad
comercial de la empresa, expedido por la Zona Libre de Colón |
| |
|
|
4D- |
Contrato de arrendamiento de
locales comerciales a favor de la empresa |
| |
|
|
4E- |
Comprobante del pago de
impuesto del I.T.B.M. al Ministerio de Hacienda y Tesoro |
| |
|
|
4F- |
Fotocopia del slip de depósito
por la suma invertida a favor de la empresa, autenticada por
el banco |
| |
|
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4G- |
Cualquier otro documento que
pueda probar el capital invertido en la empresa: |
| |
|
|
|
- |
Certificación expedida por el
INRENARE donde indique que la empresa está autorizada para
el negocio de la reforestación. |
| |
|
|
|
- |
Certificación bancaria a nombre
de la empresa. |
| |
|
|
|
- |
Carta aclarando el nombre
correcto y completo de los padres. |
| |
B2 |
VISA DE
INMIGRANTE bajo solvencia económica propia
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|
|
| |
|
Como requisito adicional, junto con la
solicitud, también es necesario presentar una carta expedida por un
banco de la localidad, donde se acredite que el interesado posee una
cuenta a plazo fijo con una duración de (1) año, por una suma mínima
de cien mil dólares (USD 100,000.00). En la misma, deberá
especificarse el número de plazo fijo (en caso que el plazo fijo sea
otro distinto al presentado en la visa de inmigrante, deberá
adjuntarse copia autenticada por el banco, del certificado o
contrato de plazo fijo nuevo). |
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B3 |
VISA DE
INMIGRANTE en calidad de Casada con Panameño
Requisitos para la obtención de la
Permanencia Provisional (el primer año): |
| |
|
1- |
Certificado de Matrimonio
expedido por el Registro Civil, expedido dentro de los seis
(6) meses anteriores a la fecha de presentación del
documento. |
| |
|
2- |
Certificado de Nacimiento del
esposo, expedido por el Registro Civil. |
| |
|
3- |
Fotocopia de la Cédula de
identidad personal vigente del esposo, autenticada por el
Registro Civil. |
| |
|
4- |
Carta de responsabilidad del
esposo. |
| |
|
5- |
Prueba de solvencia económica
del esposo: |
| |
|
|
5A- |
Carta de Trabajo con la última
ficha de la Caja de Seguro Social |
| |
|
|
5B- |
Declaración de renta con sus
respectivos recibos de pago. Si se presentan copias deben
estar autenticadas por el Ministerio de Economía y Finanzas. |
| |
|
6- |
Entrevista matrimonial. Al
presentar la solicitud se dará la fecha. |
| |
|
Todos los documentos que sean expedidos
en el extranjero, deberán presentarse debidamente autenticados, ya
sea por la "Apostilla" expedida por el país de origen o por la
Embajada o Consulado de Panamá en el país que los expidió y por el
Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá.
Permanencia definitiva
Requisitos para la obtención de
permanencia definitiva con derecho a cédula de identidad
personal en calidad de casada con panameño: |
| |
|
1- |
Fotocopia del pasaporte (la
página donde aparecen los datos generales de la interesada) |
|
2- |
Certificado de Matrimonio
expedido por el Registro Civil, expedido dentro de los seis
(6) meses anteriores a la fecha de presentación de la
solicitud. |
|
3- |
Certificado de nacimiento de la
esposa, expedido pro el Registro Civil. |
|
4- |
Fotocopia de la Cédula de
identidad personal vigente del esposo, autenticada por el
Registro Civil. |
|
5- |
Carta de responsabilidad del
esposo. |
|
6- |
Prueba de solvencia económica
del esposo: |
| |
|
|
6A- |
Carta de Trabajo con la última
ficha de la Caja de Seguro Social |
| |
|
|
6B- |
Declaración de renta con sus
respectivos recibos de pago. Si se presentan copias deben
estar autenticadas por el Ministerio de Economía y Finanzas. |
| |
|
7- |
Paz y Salvo Nacional a favor de
la interesada. |
| |
|
8- |
Una (1) fotografía tamaño
carnet. |
| |
|
9- |
Entrevista matrimonial. Al
presentar la solicitud se le indicará la fecha de la
entrevista. |
| |
B4 |
OTRAS
VISAS DE INMIGRANTE
en Panamá
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1- |
Visa de Inmigrante como Casado
con Panameña |
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|
2- |
Visa de Inmigrante en Calidad
de Pequeño Inversionista |
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|
NOTA
Todas estas Visas de Inmigrante
requieren, además, el cumplimiento de todos los requisitos
específicos de cada una.
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SOCIEDADES ANÓNIMAS O CORPORACIONES OFFSHORE EN PANAMÁ
Las sociedades anónimas panameñas son
los instrumentos de planeamiento fiscal por excelencia. Estas
sociedades son conocidas en el mundo entero y brindan al
inversionista una serie de ventajas vinculadas a las bondades
fiscales de Panamá.
Su importancia radica en su
versatilidad, su seguridad y la confianza que se desprende de su
fácil manejo, por parte de los inversionistas.
información completa
sobre
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FUNDACIONES DE INTERÉS PRIVADO EN PANAMÁ
La Administración de fortunas es una
actividad que aún no cuenta con una reglamentación específica en
nuestro país. No obstante, a ella se dedican múltiples empresas que
ofrecen sus servicios de manera Offshore para organizar desde Panamá
las operaciones económicas de las empresas, tales como Apertura de
Cuentas Bancarias, Financiamiento de Operaciones, Planeamiento
Fiscal y administrativo.
La mayor parte estas actividades
cuentan con el respaldo de las actividades de constitución de
Fundaciones de Interés Privado, de Corporaciones o Sociedades
Anónimas que sirven a la constitución de Fondos Mutuos y a la
realización de operaciones de Refacturación, donde la República de
Panamá ofrece grandes ventajas operativas y fiscales como Centro de
Operaciones Offshore.
Las Fundaciones de Interés Privado
panameñas son un novedoso instrumento de protección de activos que
viene a completar la estructura de Servicios Offshore, cuyos
orígenes técnicos los podemos encontrar en la conocida Fundación
familiar de Liechtenstein, con la grata diferencia que las nuestras
aceptan la inclusión de varias personas o entidades como
beneficiarios y no sólo a los miembros del núcleo familiar.
información completa
sobre
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CUENTAS BANCARIAS OFFSHORE EN PANAMÁ
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